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Información de interés
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En esta sección será publicada aquella INFORMACIÓN DE INTERÉS para la ciudadanía que no esté encuadrada dentro de las secciones anteriores y que consideramos interesante que conozca en relación a la situación ocasionada con motivo del COVID-19.



  • PLAN DE DESESCALADA PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD

    Fuente: Gobierno de España

    El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, con el objetivo de programar la salida gradual de España de la etapa más aguda de la crisis generada por la enfermedad del COVID-19 y poner el país en marcha protegiendo la salud y la vida del conjunto de la ciudadanía.

    El plan contempla cuatro fases de desescalada que se aplicarán de manera asimétrica, en función del cumplimiento de cada provincia o isla de ciertos marcadores contemplados en un Panel Integral, y por tanto de manera coordinada y siempre adaptable a los datos de cada momento.

    Cada una de las fases del Plan de Transición hacia una Nueva Normalidad tendrá una duración mínima de dos semanas y su normativa precisa será desarrollada mediante órdenes del Ministerio de Sanidad.

    http://valverdedeleganes.es/documentos/20200429093513.pdf


  • PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES SOBRE EL PLAN HACIA LA NUEVA NORMALIDAD

    Fuente: Gobierno de España

    El Consejo de Ministros aprobó el martes 28 de abril de 2020 el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad que establece los principales parámetros e instrumentos para el levantamiento de las medidas establecidas en el Real Decreto de Estado de Alarma para contener la expansión de la pandemia.

    Todas las respuestas se adecúan al Plan aprobado, pero podrían cambiar si la decisión definitiva fuera otra.

    La transición será gradual, asimétrica y coordinada y la actividad y la movilidad se estructurará en cuatro fases en función del control de la epidemia y la velocidad que permita la situación sanitaria de cada zona, además de otros factores, que serán públicos y se medirán de acuerdo con criterios objetivos.

    Estas son algunas de las dudas más comunes expresadas por la ciudadanía y los medios de comunicación y que han sido recogidas por el Gobierno.

    http://valverdedeleganes.es/documentos/20200504102950.pdf




  • CONDICIONES DE OCUPACIÓN DE LOS VEHÍCULOS 

    Fuente: BOE

    Entre ellas se encuentran:

    En las motocicletas, ciclomotores y vehículos de dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. Y siempre con guantes.

    En vehículos particulares de hasta nueve plazas, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. En este supuesto, no será necesario el uso de mascarilla. En el caso que no convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes. Estas limitaciones también se aplican a transportes públicos de viajeros, salvo que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, en cuyo caso podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.

    https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/10/pdfs/BOE-A-2020-4912.pdf



  • LEVANTAMIENTO SUSPENSIÓN DE DETERMINADOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS

    Fuente: DOE 

    Con el objetivo de hacer frente a la crisis sanitaria del COVID-19 no sólo en el aspecto sanitario, sino también a las consecuencias socioeconómicas de la pandemia en el momento actual y también de cara al futuro para minimizar el  impacto  que  para  la  economía  y  la  sociedad  de  nuestra  Comunidad  Autónoma  está teniendo,  se hace público el Decreto 25/2020, de 15 de mayo, por el que se acuerda el levantamiento de la suspensión de términos e interrupción de plazos administrativos establecida en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

    http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/940o/20040036.pdf


  • FLEXIBILIZACIÓN DE RESTRICCIONES EN PEQUEÑOS MUNICIPIOS

    Fuente: BOE

    El objetivo es flexibilizar ciertas restricciones en los municipios de menor tamaño que aún se encuentran en Fase 0 y Fase 1 del Plan de transición hacia una nueva normalidad. Los beneficiarios son aquellos residentes que figuren empadronados en el municipio, así como aquellas personas que hayan permanecido en los últimos catorce días en el municipio.

    POBLACIÓN INFANTIL Y ACTIVIDAD FÍSICA NO PROFESIONAL: Se eliminan las franjas horarias que determinan la actividad física no profesional al aire libre y las salidas de los menores de 14 años. No se limitará la salida de un adulto con un máximo de tres niños, todos los convivientes en un mismo domicilio podrán salir juntos.

    MERCADILLOS: Cuando así lo decidan los Ayuntamientos, se podrá autorizar mercadillos dando preferencia a los de productos alimentarios y de primera necesidad.

    ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERIA Y RESTAURACIÓN: También se podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, excepto las discotecas y bares de ocio nocturno. La prestación del servicio en las terrazas al aire libre se realizará conforme a lo previsto para la fase 1.

    https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/22/pdfs/BOE-A-2020-5218.pdf


  • PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA

    Fuente: BOE

    La prórroga se extenderá desde las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020. La prórroga se someterá a las condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y en las disposiciones que lo modifican, aplican y desarrollan. Se establecen así mismo, con efectos desde el 1 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos.

    https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/23/pdfs/BOE-A-2020-5240.pdf




  • INFORMACIÓN SOBRE LA COMERCIALIZACIÓN DE MASCARILLAS Y EPIs

    Fuente: Ministerio de Consumo

    Considerando la situación epidemiológica a que nos enfrentamos, y en el marco del aumento de la demanda de productos destinados a proteger o reducir el riesgo de contagio de la población frente al COVID-19, en especial en relación a aquellos productos que están destinados a comercializarse por canales accesibles a los consumidores y usuarios como son las mascarillas que son Equipo de protección Individual (en adelante EPI) o las mascarillas higiénicas, el Ministerio de Consumo ha emitido la siguiente comunicación:

    http://valverdedeleganes.es/documentos/20200612141922.pdf


  • MEDIDAS PARA LA ‘NUEVA NORMALIDAD’ EN EXTREMADURA

    Fuente: DOE

    El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este domingo en un número extraordinario las medidas básicas de prevención en materia de salud pública para evitar el coronavirus tras la finalización del estado de alarma y la llegada de la nueva normalidad.

    La resolución, de 20 de junio de 2020, del vicepresidente segundo y consejero, José María Vergeles, se refiere al acuerdo adoptado este viernes en el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.

    Esta medidas preventivas están en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.

    http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/50e/20061086.pdf