El Consejo de Gobierno de Extremadura ha aprobado la limitación de la Movilidad nocturna entre las 00:00 y las 06:00 horas, para contener la propagación de la COVID-19.
Tras la aprobación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que el Gobierno de España ha declarado el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2, el Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto de resolución mediante el que se establece la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 00:00 y las 06:00 horas.
Su aplicación será para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y durante ese periodo solo será posible la circulación por causas justificadas como la adquisición de medicamentos, cumplimiento de obligaciones laborales, cuidado de mayores o menores de edad y regreso al domicilio.
Esta medida entra en vigor con su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y mantendrá sus efectos hasta la finalización del estado de alarma declarado por el citado Real Decreto 926/2020 y sus eventuales prórrogas.
Puedes consultar el DOE en el siguiente enlace: http://doe.gobex.es/ultimosdoe/mostrardoe.php?fecha=20201025